Resuelve todas tus dudas sobre los viajes del IMSERSO. Te contamos cómo conseguir plaza, cuándo hay que presentar solicitudes, los mejores destinos…Te lo explicamos todo para que puedas disfrutar de los viajes IMSERSO y no te quedes fuera.
Aprovecha para viajar al mejor precio y con la mejor compañía.
Contenidos de este artículo
- ¿Cuándo se abre el plazo para inscribirse en el IMSERSO?
- ¿Cómo darse de alta para los viajes del IMSERSO?
- ¿Qué edad hay que tener para viajar con el IMSERSO?
- ¿Cuándo solicitar viajes IMSERSO?
- ¿Cuándo salen los viajes de la Comunidad de Madrid?
- ¿Qué personas tienen derecho a los viajes del IMSERSO?
- ¿Dónde puedo viajar con el IMSERSO?
¿Cuándo se abre el plazo para inscribirse en el IMSERSO?
La Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales («Boletín Oficial del Estado» número 221, de 12 de septiembre de 2018), como un servicio complementario de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social española, establece en el artículo 6 que en el primer semestre de cada año se publicará en el «Boletín Oficial del Estado (BOE)» la resolución de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
En dicha convocatoria se detalla, cada año, los destinos a elegir, la duración posible de los mismos, el número de plazas convocadas, los tipos de turnos, el precio a pagar por persona usuaria del IMSERSO y el baremo usado para aceptar/denegar a los solicitantes.
Las solicitudes se formalizarán de la manera que se establezca en dicha resolución de convocatoria (físicas por correo postal o a través de medios electrónicos en la página web del IMSERSO ) e irán acompañadas de las declaraciones responsables que se establezcan.
Personas que residan en países como Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, pero que sean de nacionalidad española, pueden tramitar sus correspondientes solicitudes en las Consejerías de Trabajo, Migración y Seguridad Social de los países donde vivan en el momento de la convocatoria.
Al enviar la solicitud, estamos acreditándonos como personas beneficiarias del Programa de Turismo del IMSERSO y esto nos permitirá acceder a las plazas convocadas.
Las personas que han viajado anteriormente con el IMSERSO no necesitan mandar una solicitud nuevamente en la temporada que se convoque ya que recibirán un documento por correo postal donde figuran sus datos y que, solo en caso de querer modificarlos enviando una carta para ello, estarán inscrito automáticamente para solicitud de plaza.
Es posible viajar acompañado siempre y cuando se presenten ambas solicitudes en la misma provincia y los destinos elegidos sean iguales, así como el orden de prioridad de las plazas. La vinculación entre ambos usuarios se reflejará en sus solicitudes.
¿Cómo darse de alta para los viajes del IMSERSO?
Para presentar nuevas solicitudes en el acceso a los viajes del IMSERSO, debemos abrir la convocatoria, cumplimentar y enviar nuestra instancia a través de los siguientes medios:
- De forma telemática a través de la Sede Electrónica del IMSERSO . Es un método sencillo, rápido y seguro que no requiere autenticación alguna por parte de la persona interesada.
- También podemos hacerlo de manera tradicional, física, descargando de la web del IMSERSO el modelo de solicitud de participación en el Programa de Turismo para la temporada correspondiente. Una vez cumplimentado deberá remitirlo por alguno de los siguientes medios:
- A través de los registros electrónicos y oficinas relacionados en el artículo 7 de la Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el programa de Turismo del IMSERSO.
- En sobre franqueado, no por correo certificado, a la dirección: Programa de Turismo del IMSERSO, apartado de correos 10.140 28080 Madrid.
El estado de la acreditación puede seguirse a través de la Sede Electrónica del IMSERSO.
Las personas que ya hayan participado en el Programa de Turismo del IMSERSO en años anteriores no tendrán que volver a darse de alta en la convocatoria que desee postular y recibirá, en este caso, en su domicilio, una carta de renovación para participar en la nueva convocatoria.
Esta carta incluye un impreso de solicitud con la siguiente información:
- Los datos que figuran en la base de datos del IMSERSO: datos personales, preferencia de destino y vinculación con otra persona de la misma provincia.
- Espacio para realizar las modificaciones que considere oportunas.
Si los datos son correctos no es preciso realizar ninguna acción. Si, por el contrario, tenemos que notificar algún cambio, debemos remitir el impreso correspondiente a través de medios digitales (sede electrónica IMSERSO) o en sobre franqueado, no por correo certificado, a la dirección: Programa de Turismo del IMSERSO, apartado de correos 10.140, 28080 Madrid.
¿Qué edad hay que tener para viajar con el IMSERSO?
Según la Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales , para poder solicitar los viajes del IMSERSO es imprescindible haber cumplido 60 años. Sin embargo, hay más requisitos que se deben cumplir para poder beneficiarte de esta opción para hacer turismo.
Para participar en el Programa de Turismo del IMSERSO, además, debes ser ciudadano español que sea o bien pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español; pensionista de viudedad del sistema de Seguridad Social español con cincuenta y cinco o más años de edad; pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad; o ser asegurado o beneficiario del sistema de Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
En el aspecto baremable para obtener plaza, se tiene en cuenta la edad del solicitante. Según la edad que tenga dependiendo de la categoría a la pertenezca, obtendrá una serie de puntos diferentes.
En el caso de que la persona solicitante vaya acompañada por su cónyuge, o su pareja de hecho o con la que constituya una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, para baremar en cuestión de edad, se calculará la media aritmética de los años cumplidos a 31 de diciembre del citado año por cada uno de ellos, constituyendo la cifra que resulte, redondeada por exceso, la edad a considerar.
La valoración del criterio de edad se realizará de la siguiente forma:
- Menores de 60 años, 1 punto
- Con 60 años 2 puntos, y un punto más por cada año cumplido hasta alcanzar los 20 puntos con 78 años cumplidos.
- A las personas que superen los 78 años se les asignará igualmente, el máximo de 20 puntos.
¿Cuándo solicitar viajes IMSERSO?
El IMSERSO publica cada año, en el primer semestre, la resolución de su Dirección General en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la convocatoria de plazas donde se indican los requisitos a cumplir para participar en el Programa de Turismo del IMSERSO.
En dicha convocatoria se detalla el destino, duración, número de plazas, tipos de turno, precio a pagar por las personas usuarias y el baremo aplicable para la priorización de las personas usuarias.
El órgano competente dicta la resolución en el plazo máximo de tres meses contando desde la fecha de publicación de la convocatoria de plazas en el BOE.
Los usuarios son notificados en un plazo de diez días a contar desde la fecha en la que se dictó la resolución y en esta comunicación se puede leer el texto íntegro de la resolución. Si, transcurrido el plazo máximo establecido, no se ha notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo en los términos previstos en el artículo 129.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, sin que ello exima de la obligación legal de resolver.
Contra la resolución se puede interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social en el plazo de treinta días hábiles desde su recepción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Si la solicitud no reuniera cualquiera de los requisitos previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se requiere a la persona interesada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la citada ley, para que en un plazo de diez días hábiles subsane las faltas, o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa notificación de la resolución expresa que habrá de dictarse en los términos previstos en el artículo 21 de la misma ley.
¿Cuándo salen los viajes de la Comunidad de Madrid?
Al igual que en el resto de comunidades autónomas de España, en todo el territorio de Madrid la convocatoria para formar parte de los viajes del Programa de Turismo del IMSERSO sale cada año en el primer semestre en resolución del Boletín Oficial del Estado.
En dicha convocatoria se indica el plazo para presentar las solicitudes de participación en el Programa de Turismo del IMSERSO de todas las personas interesadas dentro de la geografía española, donde se detalla destino, duración, número de plazas, tipos de turno, precio a pagar por las personas usuarias y el baremo aplicable para la priorización de las personas usuarias.
Este programa proporciona a las personas mayores jubiladas la posibilidad de viajar y poder desarrollar actividades recreativas y culturales mejorando así su calidad de vida y salud, contribuyendo con ello al envejecimiento activo, prevención de la dependencia y el fomento de la autonomía personal.
Por otro lado, el Programa de Turismo del IMSERSO contribuye a potenciar el desarrollo económico del sector turístico, reduciendo la estacionalidad y, con ello, generando empleo y actividad económica durante la temporada baja de este sector.
¿Qué personas tienen derecho a los viajes del IMSERSO?
Los requisitos generales para que una persona tenga derecho al acceso de los viajes del Programa de Turismo del IMSERSO son los siguientes:
Podrán acceder aquellas personas residentes en España o con nacionalidad española que reúnan, además, alguna de estas condiciones.
- Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social de España
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
- Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
- Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Además, para acompañantes de los usuarios del Programa de Turismo del IMSERSO que no sean jubilados también existen una serie de requisitos para poder viajar.
Tal y como se indica en la web oficial del IMSERSO, los usuarios podrán ir acompañados por su cónyuge o por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
También se podrá viajar acompañado de hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
Sea cual sea el caso, hay que saber que cada persona que ocupe una plaza y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar actividades básicas de la vida diaria.
¿Dónde puedo viajar con el IMSERSO?
A grandes rasgos, los viajes que están en oferta actualmente y se pueden elegir dentro del Programa del IMSERSO son:
- Zona Costa Peninsular: estancias en zonas de la Costa Peninsular de 10 y 8 días en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Comunitat Valenciana y en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
- Zona Costa Insular: estancias de 10 y 8 días en zonas de la Costa Insular (Comunidad Autónoma de Canarias y Comunidad Autónoma de Illes Balears).
- Turismo de Interior, con estancias de 4, 5 y 6 días, con los siguientes tipos de viajes:
- Circuitos culturales.
- Turismo de naturaleza.
- Viajes a capitales de provincia.
- Viajes a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
SOLICITA MÁS INFORMACIÓN
Si necesitas más información puedes contactar con el IMSERSO directamente en:
Subdirección General de Gestión
Avda. de la Ilustración, s/n c/v c/Ginzo de Limia, 58 28029 Madrid
Área de Turismo
+34 912 667 713
+34 917 033 981
buzon@imserso.es
Margarita Méndez García
• 26 octubre, 2023Puedo pedir destino poniendo en origen otro diferente mío?
Por ejemplo. Vivo en la provincia de Alicante y quiero viajar desde Valencia.
aesfas
• 3 noviembre, 2023Estimada Margarita, atendiendo su consulta le indicamos que solo el IMSERSO puede responder a su pregunta, aunque le adjuntamos lo que dice al respecto de los servicios de Transporte.
Le adjuntamos datos de contacto del organismo para realizar su consulta.
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-turismo-imserso/servicios-incluyen-programa
Servicios que se incluyen en el programa
Los servicios que incluye el programa son los siguientes:
.- Alojamiento en régimen de pensión completa, en habitación doble a compartir en hoteles seleccionados por el Imserso. En capitales de provincia el alojamiento será de media pensión. Se contempla el alojamiento en habitación individual, que tendrá un suplemento de precio y estará sujeto a disponibilidad de plazas.
.- Transporte de ida y vuelta en el medio de transporte programado, desde la capital de provincia de la persona usuaria hasta el hotel de destino y regreso, excepto en la modalidad de viajes sin transporte y viajes a capitales de provincia.
.- Póliza de seguros colectiva.
.- Servicio de medicina general, complementario de la Seguridad Social, en el propio hotel, excepto para los viajes de turismo de interior.
.- Programa de animación socio-cultural.
Última actualización: lunes, 16 octubre 2023
Información
Teléfono de atención e información
Hay a disposición de las personas solicitantes el teléfono de información +34 912 667 713, operativo de lunes a viernes.
Área de Turismo
Teléfono
+34 912 667 713
Fax
+34 917 033 981
Correo Electrónico
buzon@imserso.es
Atentamente
Info Aesfas
Florentino Noguero Sánchez
• 30 abril, 2024Sí, yo he solicitado un viaje con desde otra provincia distinta a la que vivo y me la han concedido.
Después he optado por viajar por mi cuenta y lo he comunicado con antelación al Imserso esta circunstancia para que el autobús no me espere.
aesfas
• 30 abril, 2024Estimado Florentino, agradecemos su comentario ya que nos ayuda a mejorar y trascribir información contrastada por Ustedes.
Un saludo
Info Aesfas
angelines casas
• 11 noviembre, 2023Cuántas personas puedo vincular en mi solicitud de termalismo solo una o se puede vincular a dos
aesfas
• 11 noviembre, 2023Estimada Angelines, atendiendo su comentario le adjuntamos el enlace donde se indica por parte del IMSERSO lo que nos consulta
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-turismo-imserso/requisitos-acceder-programa-turismo-imserso
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Acceda al enlace para que pueda comprobar lo que le indicamos
Atentamente
Info Aesfas
Francisco
• 17 diciembre, 2023Podría cambiar mi viaje por otra persona que no sea mi pareja
aesfas
• 17 diciembre, 2023Estimado Francisco, los requisitos que marca el IMSERSO, puede acceder a ellos en este enlace.
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-termalismo-imserso/requisitos
En el punto 4 se detalla:
También podrán ir acompañados por el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el artículo 3.1. y, en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 3.2.a) b).
Asimismo, podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.
Atentamente
Info Aesfas
Elena
• 31 diciembre, 2023Buenas noches.
Puede viajar una persona sola viajar con Imserso.
Muchas gracias.
aesfas
• 6 enero, 2024Estimada Elena, atendiendo su consulta la indicamos lo que publica el IMSERSO en su programa de Turismo, le adjuntamos el enlace.
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-turismo-imserso/requisitos-acceder-programa-turismo-imserso
Las plazas del IMSERSO son individuales y lo que si indica es que pueden ir acompañadas. Acceda el enlace y puede leer lo que indicamos
Un saludo
Info Aesfas
Luis Figueroa
• 1 enero, 2024Este año lo de los viajes del Imserso fue una tomadura de pelo.
A las 9:00 estaban todas la fechas de un viaje desde La Coruña a Menorca sin pedir, como no podía ser de de otra manera, introduje mi DNI y el de mi esposa, me responde que ya no hay plazas, vuelvo para pedir otra fecha y ya estaba todo cogido menos la de Febrero, entro para solicitarla y ya no me deja poner los DNI, Vuelvo para solicitar alguna Reserva de Plaza y ya estaba todo Completo.
¿Cómo es posible que en UN MINUTO, a las 9:01, ya no haya plazas, y en DOS MINUTOS, a las 9:02, tampoco Reservas para ninguna de las 10 fechas?
YA TENÍAN TODO HECHO ANTES DE LAS 9:00.
¡¡¡UNA VERGUENZA!!!
Llevo desde el 2014, año tras año, solicitando estos viajes y nunca sucedió tal cosa.
aesfas
• 6 enero, 2024Estimado Luis, agradecemos su comentario, dado que nuestra labor es publicar información que les puede servir a los Asociados y Usuarios de AESFAS.
Un saludo
Info Aesfas
Carmen
• 27 febrero, 2024Ya tengo un viaje adjudicado y pagado a Canarias. Nadie me ha dicho un punto de encuentro en el aeropuerto ni tengo tarjeta de embarque. ¿Como nos encontramos en el aeropuerto para iniciar el viaje?
aesfas
• 29 febrero, 2024Estimada Carmen, según indican en la web del IMSERSO, es en la propia Agencia donde reservo el Viaje quien le debe de informar
En este enlace puede encontrar respuestas a su pregunta
https://sede.imserso.gob.es/preguntas-frecuentes/preguntas-programa-turismo-imserso/preguntas-comercializacion
Preguntas sobre la comercialización del Programa de Turismo 2023-2024
¿Dónde me informan acerca de las dudas que tengo sobre la forma de hacer la reserva o comprar un viaje online?
En la propia empresa que comercializa los viajes, es decir, en el teléfono gratuito 900 336 565 de la UTE TURISMOSOCIAL.
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Información EN EL IMSERSO
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-turismo-imserso/informacion
Teléfono de atención e información
Hay a disposición de las personas solicitantes el teléfono de información +34 912 667 713, operativo de lunes a viernes.
Buzón de correo electrónico del Programa de Turismo del Imserso
Esperamos le sea de utilidad la información
Un saludo
Info Aesfas
Ma Lourdes Capó
• 1 marzo, 2024Puedo dirigirme a una agencia de viajes para tramitar mi viaje? Hay alguna en Manacor ( Mallorca)? Es la 1a vez y no tengo ni idea de cómo conseguir una escapada. Muchas gracias!
aesfas
• 2 marzo, 2024Estimada Ma Lourdes, le adjuntamos la relación que indica el IMSERSO en este enlace.
https://imserso.es/documents/20123/101573/puntos_de_venta_2023_2024.pdf/d82ebdbc-2e59-9a5a-6e12-e90f533e882b
Buscar Illes Balears, y ahí. MANACOR, estos son los datos
ILLES BALEARS MANACOR 7500 B THE TRAVEL BRAND RAMBLA DEL REI EN JAUME, 2 LOCAL 5 871988205 ILLES BALEARS MANACOR 7500 HALCON VIAJES PLAZA COS, 5 BAJO 971845193
ILLES BALEARS MANACOR 7500 HALCON VIAJES AVDA. SALVADOR JOAN, 74 A 971834894
ILLES BALEARS MANACOR 7500 MANACOR VIAJES AVDA DES TORRENT, 45 619408959
ILLES BALEARS MANACOR 7500 TAUJANA VIATGES AVDA DEL TREN 46 600460064
ILLES BALEARS MANACOR 7500 VIAJES CANALS PASSEIG SESTACIO 6 LOCAL 11B 616443510
ILLES BALEARS MANACOR 7500 VIATGES LLEVANT PLAZA RAMON LLULL, 21 A 971847373
ILLES BALEARS MANACOR 7500 VIATGES SANT JAUME PLAÇA SANT JAUME 3 608090094
Esperamos le sea de utilidad
Un saludo
Info Aesfas
Crystal East
• 1 mayo, 2024We could not travel with IMSERSO this year as there were no available places anywhere. Such a disappointment.
aesfas
• 2 mayo, 2024Hello Crystal East. Hola Crystal East, hemos traducido su mensaje – we have translated your message
Este año no pudimos viajar con el IMSERSO por no haber plazas disponibles en ningún lado. Qué decepción.
–
Only the IMSERSO Organization, after prior request, sends the accreditation letter to the people who have been accredited to participate in the trips, to their homes.
This accreditation letter includes a Key, made up of four numbers, which allows the person holding it to make their reservation electronically through the reservation center of the successful bidder companies;
Solamente el Organismo IMSERSO, después de previa solicitud es quien envía a las personas que han sido acreditadas para participar en los viajes, a sus domicilios su carta de acreditación.
En esta carta de acreditación se incluye una Clave, compuesta por cuatro números, que permite a la persona titular de la misma realizar su reserva telemáticamente a través de la central de reservas de las empresas adjudicatarias;
–
In the case of making the reservation at travel agencies that collaborate with the IMSERSO Tourism Program, it is only necessary to bring the National Identity Document, or NIE, along with the letter.
En el caso de realizar la reserva en las agencias de viajes que colaboran con el Programa de Turismo del IMSERSO , solo es necesario llevar el Documento Nacional de Identidad, o NIE junto con la carta.
–
We regret that you were not able to take any trips with IMSERSO
Lamentamos que no haya podido realizar ningun viaje con el IMSERSO
–
Sincerely – Atentamente
Info Aesfas
ROSA
• 22 junio, 2024SOMOS 3 PAREJAS (6 PERSONAS JUBILADAS) QUE QUEREMOS SOLICITAR EL VIAJE JUNTOS , COMO LO HAGO?. CADA PAREJA REALIZARA UNA SOLICITUD CON ACOMPAÑANTE PERO, COMO SE VINCULAN LAS TRES SOLICITUDES PARA VIAJAR JUNTOS?
ROSA
• 22 junio, 2024SOMOS 3 PAREJAS (6 PERSONAS JUBILADAS) QUE QUEREMOS SOLICITAR EL VIAJE JUNTOS , COMO LO HAGO?. CADA PAREJA REALIZARA UNA SOLICITUD CON ACOMPAÑANTE PERO, COMO SE VINCULAN LAS TRES SOLICITUDES PARA VIAJAR JUNTOS?
aesfas
• 24 junio, 2024Estimada Rosa, le adjuntamos la información que hemos remitido al correo suyo personal que nos indica
Esperamos pueda realizar la solicitud según los criterios del IMSERSO
Un saludo
Info AESFAS
Solamente el Organismo IMSERSO, después de previa solicitud es quien envía a las personas que han sido acreditadas para participar en los viajes, a sus domicilios su carta de acreditación.
Atendiendo su consulta de viajar juntosLa condición para viajar juntos es según el IMSERSO la siguiente:
En el Artívulo 5, nota 66. Será posible viajar con otra persona que vaya a presentar su solicitud en la misma provincia, cuando sean iguales los destinos elegidos y el orden de prioridad de las plazas solicitadas. Esta vinculación se reflejará en ambas solicitudes.Le adjuntamos la resolución de 12 de junio de 2024, donde especifica todas las condiciones a cumplir.
De conformidad con la Orden SCB 926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, y la Resolución de 12 de junio de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar en el Programa de Turismo del Imserso para la temporada 2024-2025, podrán acceder al programa:
la Resolución de 12 de junio de 2024
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-12697
Resolución de 12 de junio de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convocan plazas para personas mayores que deseen participar en el Programa de Turismo.
Artículo 5. Lugar, plazo y forma de presentación de solicitudes.
1. La solicitud se formalizará en el modelo que figura como anexo II de esta resolución, que contiene la declaración responsable correspondiente. Esta solicitud deberá presentarse prioritariamente por medios electrónicos, en cuyo caso, estará disponible en la sede electrónica del Imserso, en https://sede.imserso.gob.es.Además, podrá presentarse en los registros electrónicos y oficinas relacionados en el artículo 7 de la Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Imserso.Igualmente podrán dirigirse al apartado de correos número 10.140, 28080 Madrid.Las solicitudes de las personas residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, se podrán tramitar en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
2. El plazo de presentación de solicitudes para el Programa de Turismo para la temporada 2024/2025 comienza el día 1 de julio de 2024 y finaliza el día 22 de julio de 2024.
3. Esta solicitud sirve para obtener la resolución que acredita la condición de persona beneficiaria del Programa de Turismo, y que permitirá acceder a las plazas convocadas.
4. No será necesario que las personas acreditadas para viajar en temporadas anteriores, cumplimenten nueva solicitud, ya que recibirán un documento en el que figuran los datos personales y de preferencia de destino y que, solo en el caso de que quieran modificar alguno de esos datos, deberán devolver al Imserso en un plazo que finaliza el 22 de julio de 2024.
5. Las personas acreditadas por el Imserso en temporadas anteriores y las que obtengan acreditación en esta convocatoria, una vez comprobado que reúnen los requisitos, serán baremadas mediante la aplicación de los criterios de valoración.
6. Será posible viajar con otra persona que vaya a presentar su solicitud en la misma provincia, cuando sean iguales los destinos elegidos y el orden de prioridad de las plazas solicitadas. Esta vinculación se reflejará en ambas solicitudes.
Jerónimo Llanes B
• 19 septiembre, 2024Hola, el día 23 de Setiembre tengo fecha para poder coger destino, pero en esa fecha no estoy en mi comunidad, y mi pregunta es la siguiente: ¿puede pedir destino en otra comunidad que no es la mía y por supuesto a la hora de salir de viaje que sea desde mi comunidad?. Un saludo
aesfas
• 20 septiembre, 2024Estimado Jerónimo, atendiendo su comentario le indicamos:
Este es el enlace al respecto de las solicitudes de Viajes.
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-turismo-imserso/comercializacion
Y esto es lo que el IMSERSO indica al respecto de la comercialización y las fechas asignadas a cada comunidad, deberá de identificarse con su codigo indicado en la carta de Acreditación y su DNI , ya sea en la web de TURISMO SOCIAL o en las agencias asignadas al respecto
WEB DE TURISMO SOCIAL : https://www.turismosocial.com/
AGENCIAS AUTORIZADAS : https://imserso.es/documents/20123/101573/puntos_de_venta_2024_2025.pdf/98bb443a-0d58-6400-7505-208fd5f381b8
QUE DICE EL IMSERSO SOBRE LA COMERCIALIZACION DE LOS VIAJES
Comercialización de los destinos del Programa de Turismo del IMSERSO 2024-2025
El programa de Turismo Social del IMSERSO comienza su comercialización el lunes 23 de septiembre de 2024. Para ello, y con carácter previo, desde el 28 de agosto de 2024, las personas que han sido acreditadas para participar en los viajes, recibirán en sus domicilios su carta de acreditación, en la que se señala a partir de qué día del mes de septiembre 2024 podrán reservar viajes correspondientes a la temporada de turismo 2024-2025.
En esta carta de acreditación se incluye una Clave, compuesta por cuatro números, que permite a la persona titular de la misma realizar su reserva telemáticamente a través de la central de reservas de las empresas adjudicatarias; en el caso de realizar la reserva en las agencias de viajes que colaboran con el Programa de Turismo del Imserso, solo es necesario llevar el Documento Nacional de Identidad.
Las reservas se podrán efectuar desde las 09:00 horas del día indicado en la carta de acreditación, de acuerdo con el siguiente calendario:
Las personas usuarias residentes en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid, Ciudad Autónoma de Melilla y Murcia, podrán comenzar a reservar sus viajes:
el lunes 23 de septiembre de 2024, los acreditados preferentes.
el martes 24 de septiembre de 2024, los acreditados no preferentes.
Las personas usuarias residentes en las Comunidades Autónomas de Asturias, Cataluña, Castilla-La Mancha, Ciudad Autónoma de Ceuta, Galicia, Islas Baleares, Islas Canarias, La Rioja, Navarra y País Vasco, podrán comenzar a reservar sus viajes:
el miércoles 25 de septiembre de 2024, los acreditados preferentes.
el jueves 26 de septiembre de 2024, los acreditados no preferentes.
Posteriormente, a partir del sábado 28 de septiembre de 2024, se abre la posiblilidad de reservar los viajes que hayan quedado sin comercializar de cualquier provincia.
Le sugerimos que en nuestra sede electrónica consulte la respuesta a las Preguntas más frecuentes relacionadas con el proceso de comercialización del Programa de Turismo del Imserso; asimismo le recordamos que puede contactar con nosotros en el número de teléfono +34 912 667 713, de lunes a viernes en horario de 09:00 a 18:00 horas.
¿Dónde puedo comprar un viaje o realizar una reserva?
En la web de la empresa adjudicataria o de forma presencial en los puntos de venta o agencias de viajes colaboradoras
https://sede.imserso.gob.es/documents/20123/101573/puntos_de_venta_2024_2025.pdf/98bb443a-0d58-6400-7505-208fd5f381b8
Cada provincia tiene asignada una cantidad de viajes disponibles proporcional al número de personas mayores censadas a cada uno de los destinos disponibles en el programa.
Los primeros días de comercialización (del 23 al 27 de septiembre), las personas solicitantes tan sólo pueden reservar viajes de los existentes en su cupo por provincias, de tal manera que escalonar la venta sólo supone una reducción de la sobrecarga que pueda tener la central de reservas de viajes para garantizar su correcto funcionamiento.
Posteriormente, a partir del 28 de septiembre de 2024, se abre la posibilidad de reservar los viajes que hayan quedado sin comercializar de cualquier provincia.
Pilar
• 23 septiembre, 2024Me gustaría saber si puedo viajar con mi hija, con la que convivo y es mi cuidadora principal, tanto en los viajes del imserso con el programa de termalismo.
Muchas gracias y feliz día
aesfas
• 30 septiembre, 2024Estimada Pilar Atendiendo su correo le indicamos
Requisitos para acceder al Programa de Turismo del IMSERSO
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-turismo-imserso/requisitos-acceder-programa-turismo-imserso
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonar el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Para información mas exacta, puede dirigirse al IMSERSO, le adjuntamos los datos de contacto
Subdirección General de Gestión
Avda. de la Ilustración, s/n c/v c/Ginzo de Limia, 58 28029 Madrid
Teléfono
Área de Turismo
Teléfono
+34 912 667 713
Fax
+34 917 033 981
Correo Electrónico
buzon@imserso.es
PROGRAMA DE TERMALISMO DEL IMNSERSO
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-termalismo-imserso/requisitos
También podrán ir acompañados por el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el artículo 3.1. y, en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 3.2.a) b).
Asimismo, podrán ir acompañados de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación.
Para información mas exacta, puede dirigirse al IMSERSO, le adjuntamos los datos de contacto
Subdirección General de Gestión-Área de Termalismo
Avda. de la Ilustración, s/n c/v c/Ginzo de Limia, 58 28029 Madrid
Teléfono
Área de Termalismo
Teléfono
+34 912 667 713
Fax
+34 917 033 694
Correo Electrónico
buzon@imserso.es
Esperamos haber respondido a su consulta.
Atentamente
Info Aesfas
Antonio J. Cruz liroa
• 23 septiembre, 2024Tengo una hija de 10 años y mi mujer 52años , pueden acompañarme a un viaje del inserso ,pagando los suplementos
aesfas
• 30 septiembre, 2024Estimado Antonio, atendiendo su correo le indicamos
Requisitos para acceder al Programa de Turismo del IMSERSO
https://imserso.es/espacio-mayores/envejecimiento-activo/programa-turismo-imserso/requisitos-acceder-programa-turismo-imserso
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonar el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Para información mas exacta, puede dirigirse al IMSERSO, le adjuntamos los datos de contacto
Subdirección General de Gestión
Avda. de la Ilustración, s/n c/v c/Ginzo de Limia, 58 28029 Madrid
Teléfono
Área de Turismo
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+34 912 667 713
Fax
+34 917 033 981
Correo Electrónico
buzon@imserso.es
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