El phising es un término informático que se utiliza para denominar un abuso informático en el que se consiguen contraseñas, numeraciones de tarjetas de crédito y otros fraudes bancarios en el ámbito del cibercrimen. Estos tipos de fraudes, más allá de la responsabilidad penal de quien los comete, también pueden suponer la responsabilidad del banco y la devolución del dinero robado al particular.
En este sentido, es fundamental que el particular tome todas las precauciones a su alcance para protegerse de estas acciones. Cabe destacar una serie de medidas de diligencia mínima para evitar ser víctima de un fraude de este tipo:
- No abrir correos de usuarios desconocidos o que no se hayan solicitado.
- Si se trata de la web de un banco, la entidad bancaria nos debe redirigir a una web segura que incluye una “s” con la nomenclatura https:// a diferencia de las http:// habituales
- No acceder a servicios de banca online a través de ordenadores públicos
- Las entidades bancarias no piden nunca datos personales a sus clientes por correo electrónico, ni tampoco tarjetas bancarias o de coordenadas.
Pero, a pesar de estas prevenciones, estas acciones de phishing buscan engañar a la víctima, darle sensación de seguridad a través, por ejemplo, de webs emergentes falsas y, en definitiva, encontrar el resquicio en la apariencia formal para conseguir el objetivo criminal perseguido.
La Ley 16/2009 de servicios de pago determina que las operaciones de pago que no hayan sido autorizadas por el titular de la cuenta deben ser reintegradas automáticamente a éste siempre y cuando el cliente no haya actuado fraudulentamente o con negligencia grave o haya comunicado inmediatamente a la entidad bancaria la transferencia no consentida. Y es en este mismo ámbito en el que también se prevé explícitamente la responsabilidad del banco en caso de pago de operaciones no autorizadas, así como las indemnizaciones que por daños y perjuicios puedan corresponder según el caso.
El análisis caso por caso es fundamental para con el asesoramiento adecuado incluir el supuesto concreto en una de las diferentes vías que protegen a los particulares víctima de estos engaños.
Genís Boadella
Abogado
(Despacho colaborador de Blasco Morales Abogados en Catalunya)