Los funcionarios podrán retirarse de la vida activa cinco años antes de lo normal y sin sufrir recortes en su pensión.
Los profesionales de empleo público que hayan sido nombrados antes del 2011, que pertenezcan al Régimen de Clases Pasivas (excepto el Cuerpo Docente Universitario) y que tengan 30 años de servicios al Estado, pueden jubilarse a los 60 años sin ver su pensión afectada.
Todo esto puede ratificar consultando el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado .
Estos funcionarios van a percibir el 100% de su pensión sin que se le aplique reducción por jubilación anticipada, algo que si les pasa a los trabajadores por cuenta ajena o a los autónomos.
El Régimen de Clases Pasivas está extinto desde 2011 y, solo los que ya se acogieron en su momento, pueden gozar de sus privilegios. Aun quedan cerca de 700.000 funcionarios activos que, en varios años, podrán realizar esta jubilación anticipada sin penalización alguna.
Dentro de este grupo encontramos a personal militar y funcionarios de la Administración central, Justicia, Cortes Generales u otros órganos constitucionales o estatales. Muchos docentes universitarios también forman parte, además de cargos políticos como presidentes, vicepresidentes, ministros…
Estos privilegios crean agravios comparativos con otros colectivos como los jubilados anticipados con carreras de cotización de más de 40 años, que ven disminuidas las pensiones si se retiran antes de la edad legal.
El Régimen de Clases Pasivas supone, según estadísticas del Ministerio de Seguridad Social, un gasto mensual de cerca de 1.300.000 millones de euros a fecha de 1 de junio de 2021.
La generosa cláusula de jubilación de los funcionarios ha hecho que una gran oleada de jubilaciones anticipadas ocurra desde 2011, año en el que se cortó el acceso al Régimen. Según la Central Sindical Independiente y de funcionarios (CSIF ) «El decreto aprobado por el Gobierno durante el confinamiento de manera sorpresiva ha provocado una oleada de jubilaciones anticipadas de funcionarios».
Entre junio y diciembre del año pasado, más de 10.300 peticiones de jubilaciones voluntarias se produjeron, un 26.2% más que en el mismo periodo de 2019.
Los funcionarios públicos, por tanto, pueden retirarse voluntariamente una vez cumplen los 60 años de edad si tienen reconocidos 30 años al menos de servicios al Estado. También pueden hacerlo si para llegar a esos 30 años deben computarse cotizaciones a otros regímenes de Seguridad Social. Hay que revisar el Real Decreto 691/1992 de 12 de abril para ver los requisitos permitidos.
Por otro lado, los trabajadores de las Cortes Generales podrán retirarse gracias a este régimen cuando tengan 60 años y reconocidos 35 años de servicios al Estado. Lo único que tienen que hacer es realizar un escrito poniendo la fecha en la que desea jubilarse y presentarlo ante el órgano de jubilación tres meses antes de la fecha solicitada.
Otros funcionarios tienen otras particularidades de retiro como los cuerpos docentes universitarios o los letrados de la administración de Justicia como jueces.
Pedro San San
• 6 septiembre, 2021Desde mi puesto de funcionario base opino que siempre se habla de «privilegios» cuando en realidad es un derecho (ó mérito) reconocido en oposición pública, a la que cualquiera podía presentarse. Alguna ventaja debemos tener después de ser mileuristas en esos tiempos de bonanza (y muchos años de salario congelado…). Siempre miramos al huerto del vecino cuando no nos crecen las lechugas…
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimado Pedro, agradecemos sus comentarios ya que nos ayuda a mejorar nuestras relaciones con los Usuarios y Asociados de AESFAS
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Manel
• 12 octubre, 2021Se puede decir más alto, pero no más claro! Gracias por tu publicación!
aesfas
• 14 octubre, 2021Estimado Manel, agradecemos sus comentarios ya que nos ayuda a mejorar nuestras relaciones con los Usuarios y Asociados de AESFAS
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José Luis
• 25 octubre, 2022Me puedo jubilar a los 60 años si tengo 29 y medio de docente y 7 de la seguridad social?
aesfas
• 26 octubre, 2022Estimado José Luis, atendiendo su consulta le hemos enviado información a su correo personal
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Maria
• 6 septiembre, 2021Esto no es cierto. La jubilación a los 60 y 30 años cotizados si tiene penalización. Pregunten a los funcionarios de la AEAT!!!!!
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimada María, agradecemos el comentario aunque le indicamos que solamente reproducimos lo publicado por diferentes medios del acuerdo alcanzado expresamente
PSOE y PP acuerdan mantener en 60 años la jubilación de los funcionarios
https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10803457/10/20/PSOE-y-PP-acuerdan-mantener-en-60-anos-la-jubilacion-de-los-funcionarios.html
Gonzalo Velarde
Madrid 1/10/2020 – 20:10 Actualizado: 07:47 – 3/10/20
El Pacto de Toledo trabaja a marchas forzadas intentando lograr un acuerdo sobre la reforma de pensiones con la mayor prontitud posible, antes de la aprobación de los Presupuestos Generales. Una de las cuestiones que saldrá de las recomendaciones que los partidos presentes en la Comisión eleven al Ministerio de Seguridad Social es el mantenimiento de la jubilación a los 60 años para los funcionarios de clases pasivas (profesores, funcionarios de carrera de la Administración Central, militares de carrera, jueces, fiscales, guardias civiles, policías, etc.) una vez se apruebe la reforma, tal y como habrían acordado tanto PSOE como PP. | Editorial: Régimen privilegiado de jubilación.
Según explican fuentes cercanas a la negociación, tras el revuelo creado en el mes de marzo cuando se incluyó en uno de los decretos del Estado de Alarma el traspaso a la Seguridad Social de la gestión nominal de estas pagas desde el Ministerio de Hacienda, y tras los rumores generados sobre el impacto que ello tendría en la cuantía de las prestaciones, los partidos se han apresurado a clarificar esta cuestión en el texto de recomendaciones para la reforma de pensiones. En él, una vez aprobado, se especificará que el traspaso de la gestión de estas pagas hacia el régimen general de jubilaciones no comportará de igual manera una homogeneización de los criterios que rigen el acceso a la pensión en la Seguridad Social, de modo que se concretará la intención de mantener las actuales condiciones de ventaja para el retiro laboral de estas personas.
Actualmente se contabilizan cerca de 640.000 empleados públicos jubilados en las clases pasivas y aproximadamente 700.000 funcionarios que siguen activos y cotizando en este régimen especial. Para todos ellos, la edad ordinaria y obligatoria de jubilación es de 65 años. Sin embargo, la ley les permite acogerse a la jubilación anticipada a partir de los 60 años, siempre y cuando hayan trabajado para el Estado un mínimo de 30 años. Cabe recordar que a partir de 2027 convivirán dos edades legales de jubilación en el régimen general: por un lado la de 65 años, para los trabajadores que tengan carreras de cotización superiores a los 38 años y seis meses, y la de 67 años para los que no hayan logrado alcanzar ese periodo de aportaciones.
De este modo, la principal ventaja que tienen los trabajadores en el régimen de clases pasivas es la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada una vez cumplidos los 60 años de edad con el 100% del último salario reconocido, siempre que se tengan reconocidos 30 años de servicio.
Agradecemos su comentario ya que nos ayuda a mejorar
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Josefa alvarez
• 6 septiembre, 2021Lean ustedes bien el RD
El cien por cien es con sesenta años cumplidos u treinta y cinco de servicio
Hay que leer bien y no publicar falsas noticias
Además hay que añadir, que las oposiciones se publican en el BOE en igualdad de condiciones para todos los españoles
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimada Josefa, agradecemos el comentario aunque le indicamos que solamente reproducimos lo publicado por diferentes medios del acuerdo alcanzado expresamente
PSOE y PP acuerdan mantener en 60 años la jubilación de los funcionarios
https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10803457/10/20/PSOE-y-PP-acuerdan-mantener-en-60-anos-la-jubilacion-de-los-funcionarios.html
Gonzalo Velarde
Madrid 1/10/2020 – 20:10 Actualizado: 07:47 – 3/10/20
El Pacto de Toledo trabaja a marchas forzadas intentando lograr un acuerdo sobre la reforma de pensiones con la mayor prontitud posible, antes de la aprobación de los Presupuestos Generales. Una de las cuestiones que saldrá de las recomendaciones que los partidos presentes en la Comisión eleven al Ministerio de Seguridad Social es el mantenimiento de la jubilación a los 60 años para los funcionarios de clases pasivas (profesores, funcionarios de carrera de la Administración Central, militares de carrera, jueces, fiscales, guardias civiles, policías, etc.) una vez se apruebe la reforma, tal y como habrían acordado tanto PSOE como PP. | Editorial: Régimen privilegiado de jubilación.
Según explican fuentes cercanas a la negociación, tras el revuelo creado en el mes de marzo cuando se incluyó en uno de los decretos del Estado de Alarma el traspaso a la Seguridad Social de la gestión nominal de estas pagas desde el Ministerio de Hacienda, y tras los rumores generados sobre el impacto que ello tendría en la cuantía de las prestaciones, los partidos se han apresurado a clarificar esta cuestión en el texto de recomendaciones para la reforma de pensiones. En él, una vez aprobado, se especificará que el traspaso de la gestión de estas pagas hacia el régimen general de jubilaciones no comportará de igual manera una homogeneización de los criterios que rigen el acceso a la pensión en la Seguridad Social, de modo que se concretará la intención de mantener las actuales condiciones de ventaja para el retiro laboral de estas personas.
Actualmente se contabilizan cerca de 640.000 empleados públicos jubilados en las clases pasivas y aproximadamente 700.000 funcionarios que siguen activos y cotizando en este régimen especial. Para todos ellos, la edad ordinaria y obligatoria de jubilación es de 65 años. Sin embargo, la ley les permite acogerse a la jubilación anticipada a partir de los 60 años, siempre y cuando hayan trabajado para el Estado un mínimo de 30 años. Cabe recordar que a partir de 2027 convivirán dos edades legales de jubilación en el régimen general: por un lado la de 65 años, para los trabajadores que tengan carreras de cotización superiores a los 38 años y seis meses, y la de 67 años para los que no hayan logrado alcanzar ese periodo de aportaciones.
De este modo, la principal ventaja que tienen los trabajadores en el régimen de clases pasivas es la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada una vez cumplidos los 60 años de edad con el 100% del último salario reconocido, siempre que se tengan reconocidos 30 años de servicio.
Agradecemos su comentario ya que nos ayuda a mejorar
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Mari
• 24 noviembre, 2021es totalmente injusto, gente que cotiza desde los 18 años, por tanto a los 58 ya ha cotizado 40 años y no puede jubilarse con el 100% hasta los 67, por tanto habra cotizado 49 años!!! si no hay dinero para pensiones, porque se deja jubilar a toda esta gente con el 100 a los sesenta???? lo veis normal?
aesfas
• 25 noviembre, 2021Estimada Mari, agradecemos sus comentarios
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Mercedes
• 6 septiembre, 2021No me parece justo q otros trabajadores con 40 años cotizados se les penalice si se retiran incluso dos años antes. Esto es un agravio comparativo
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimada Mercedes, agradecemos sus comentarios ya que nos ayuda a mejorar nuestras relaciones con los Usuarios y Asociados de AESFAS
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Fernando
• 6 septiembre, 2021Estudiar un poco las jubilaciones de los funcionarios. Excepto los A1 que se van con la máxima yo C1 en Activo 2400 brutas y jubilado 1475. No conozco a nadie de ka seguridad social que pierda eso y me tengo que pagar el 30% de los medicamentos. LOS FUNCUONARIOS SON PREVIKEGIADOS LIS A1. C1.C2. MALA PENSION.
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimado Fernando, agradecemos sus comentarios ya que nos ayuda a mejorar nuestras relaciones con los Usuarios y Asociados de AESFAS
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Fran
• 6 septiembre, 2021Me da la sensación de que estáis mal informados, los funcionarios de clases pasivas pueden jubilarse con sesenta años, pero para percibir el 100 por 100 de la pensión necesitan 35 años trabajados, sufriendo una merma considerable si te jubilas antes.
Informaros un poquito anda!!
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimado Fran, agradecemos el comentario aunque le indicamos que solamente reproducimos lo publicado por diferentes medios del acuerdo alcanzado expresamente
PSOE y PP acuerdan mantener en 60 años la jubilación de los funcionarios
https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10803457/10/20/PSOE-y-PP-acuerdan-mantener-en-60-anos-la-jubilacion-de-los-funcionarios.html
Gonzalo Velarde
Madrid 1/10/2020 – 20:10 Actualizado: 07:47 – 3/10/20
El Pacto de Toledo trabaja a marchas forzadas intentando lograr un acuerdo sobre la reforma de pensiones con la mayor prontitud posible, antes de la aprobación de los Presupuestos Generales. Una de las cuestiones que saldrá de las recomendaciones que los partidos presentes en la Comisión eleven al Ministerio de Seguridad Social es el mantenimiento de la jubilación a los 60 años para los funcionarios de clases pasivas (profesores, funcionarios de carrera de la Administración Central, militares de carrera, jueces, fiscales, guardias civiles, policías, etc.) una vez se apruebe la reforma, tal y como habrían acordado tanto PSOE como PP. | Editorial: Régimen privilegiado de jubilación.
Según explican fuentes cercanas a la negociación, tras el revuelo creado en el mes de marzo cuando se incluyó en uno de los decretos del Estado de Alarma el traspaso a la Seguridad Social de la gestión nominal de estas pagas desde el Ministerio de Hacienda, y tras los rumores generados sobre el impacto que ello tendría en la cuantía de las prestaciones, los partidos se han apresurado a clarificar esta cuestión en el texto de recomendaciones para la reforma de pensiones. En él, una vez aprobado, se especificará que el traspaso de la gestión de estas pagas hacia el régimen general de jubilaciones no comportará de igual manera una homogeneización de los criterios que rigen el acceso a la pensión en la Seguridad Social, de modo que se concretará la intención de mantener las actuales condiciones de ventaja para el retiro laboral de estas personas.
Actualmente se contabilizan cerca de 640.000 empleados públicos jubilados en las clases pasivas y aproximadamente 700.000 funcionarios que siguen activos y cotizando en este régimen especial. Para todos ellos, la edad ordinaria y obligatoria de jubilación es de 65 años. Sin embargo, la ley les permite acogerse a la jubilación anticipada a partir de los 60 años, siempre y cuando hayan trabajado para el Estado un mínimo de 30 años. Cabe recordar que a partir de 2027 convivirán dos edades legales de jubilación en el régimen general: por un lado la de 65 años, para los trabajadores que tengan carreras de cotización superiores a los 38 años y seis meses, y la de 67 años para los que no hayan logrado alcanzar ese periodo de aportaciones.
De este modo, la principal ventaja que tienen los trabajadores en el régimen de clases pasivas es la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada una vez cumplidos los 60 años de edad con el 100% del último salario reconocido, siempre que se tengan reconocidos 30 años de servicio.
Agradecemos su comentario ya que nos ayuda a mejorar
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Ksvier Fernández
• 7 septiembre, 2021Creo que no hay sy derecho que despues de haber cotizado 41 años y tener 62 dentro de 3 meses tenga que seguir trabajando y si me quiero jubilar s los 63 años me penalizan por vida co. Reduccionds de un 26 a 21% de
mi paga
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimado Javier, agradecemos sus comentarios ya que nos ayuda a mejorar nuestras relaciones con los Usuarios y Asociados de AESFAS
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Teresa
• 30 octubre, 2021No es cierto que los funcionarios se puedan jubilar a los 60 años de edad con 30 años cotizados y el 100% de pensión. SON 35 AÑOS COTIZADOS PARA COBRAR EL 100%
aesfas
• 2 noviembre, 2021Estimada Teresa, atendiendo a su comentario, le pedimos que revise el contenido del pacto entre el PP y el PSOE, en referencia al tema que jubilación anticipada.
le indicamos que solamente reproducimos lo publicado por diferentes medios del acuerdo alcanzado expresamente
PSOE y PP acuerdan mantener en 60 años la jubilación de los funcionarios
https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10803457/10/20/PSOE-y-PP-acuerdan-mantener-en-60-anos-la-jubilacion-de-los-funcionarios.html
Otra Publicación, se destaca la importancia de la no aplicación de coeficientes reductores cuando se tienen 30 años a mas cotizados para el caso de las clases pasivas
https://www.tuproyectodevida.es/jubilacion-funcionarios/
Jubilación anticipada
Como se ha dicho, los funcionarios de Clases Pasivas pueden jubilarse de manera anticipada al cumplir los 60 años, demostrando al menos 30 de cotización y un período mínimo de cotización en servicios al Estado de 15 años. Si fuera necesario completar esos 30 años con cotizaciones de otros regímenes, se requerirá, cuando la jubilación sea posterior al 1 de enero de 2011, que los últimos cinco años de servicios computables para la determinación de la pensión de jubilación estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado. En este caso, no se aplica coeficiente reductor de la pensión, por lo que la cuantía depende de los años cotizados, del cuerpo y de la categoría profesional.
Sobre el mismo tema
https://www.65ymas.com/economia/pensiones/jubilacion-clases-pasivas-60-privilegio-mantiene-reforma-pensiones_29711_102.html
Los funcionarios con nombramiento anterior al 1 de enero de 2011 pertenecientes al Régimen de Clases Pasivas (excepto los del Cuerpo Docente Universitario) podrán seguir jubilándose a los 60 años sin penalización, siempre que tengan 30 años de servicios al Estado (RDL 670/1987 de 30 de abril). Es decir, cobrarán el 100% de la pensión a la que tengan derecho, sin que se les apliquen los coeficientes reductores por jubilación anticipada que sí recortan la pensión de los trabajadores por cuenta ajena y de los autónomos que se retiran antes de la edad ordinaria.
Atentamente
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Fran
• 7 septiembre, 2021Este artículo es una falsedad en si mismo, no sé os cae la cara de vergüenza en publicar datos falsos?
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimado Fran, agradecemos el comentario aunque le indicamos que solamente reproducimos lo publicado por diferentes medios del acuerdo alcanzado expresamente
PSOE y PP acuerdan mantener en 60 años la jubilación de los funcionarios
https://www.eleconomista.es/economia/noticias/10803457/10/20/PSOE-y-PP-acuerdan-mantener-en-60-anos-la-jubilacion-de-los-funcionarios.html
Gonzalo Velarde
Madrid 1/10/2020 – 20:10 Actualizado: 07:47 – 3/10/20
El Pacto de Toledo trabaja a marchas forzadas intentando lograr un acuerdo sobre la reforma de pensiones con la mayor prontitud posible, antes de la aprobación de los Presupuestos Generales. Una de las cuestiones que saldrá de las recomendaciones que los partidos presentes en la Comisión eleven al Ministerio de Seguridad Social es el mantenimiento de la jubilación a los 60 años para los funcionarios de clases pasivas (profesores, funcionarios de carrera de la Administración Central, militares de carrera, jueces, fiscales, guardias civiles, policías, etc.) una vez se apruebe la reforma, tal y como habrían acordado tanto PSOE como PP. | Editorial: Régimen privilegiado de jubilación.
Según explican fuentes cercanas a la negociación, tras el revuelo creado en el mes de marzo cuando se incluyó en uno de los decretos del Estado de Alarma el traspaso a la Seguridad Social de la gestión nominal de estas pagas desde el Ministerio de Hacienda, y tras los rumores generados sobre el impacto que ello tendría en la cuantía de las prestaciones, los partidos se han apresurado a clarificar esta cuestión en el texto de recomendaciones para la reforma de pensiones. En él, una vez aprobado, se especificará que el traspaso de la gestión de estas pagas hacia el régimen general de jubilaciones no comportará de igual manera una homogeneización de los criterios que rigen el acceso a la pensión en la Seguridad Social, de modo que se concretará la intención de mantener las actuales condiciones de ventaja para el retiro laboral de estas personas.
Actualmente se contabilizan cerca de 640.000 empleados públicos jubilados en las clases pasivas y aproximadamente 700.000 funcionarios que siguen activos y cotizando en este régimen especial. Para todos ellos, la edad ordinaria y obligatoria de jubilación es de 65 años. Sin embargo, la ley les permite acogerse a la jubilación anticipada a partir de los 60 años, siempre y cuando hayan trabajado para el Estado un mínimo de 30 años. Cabe recordar que a partir de 2027 convivirán dos edades legales de jubilación en el régimen general: por un lado la de 65 años, para los trabajadores que tengan carreras de cotización superiores a los 38 años y seis meses, y la de 67 años para los que no hayan logrado alcanzar ese periodo de aportaciones.
De este modo, la principal ventaja que tienen los trabajadores en el régimen de clases pasivas es la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada una vez cumplidos los 60 años de edad con el 100% del último salario reconocido, siempre que se tengan reconocidos 30 años de servicio.
Agradecemos su comentario ya que nos ayuda a mejorar
Atentamente
Info Aesfas
FALy
• 7 septiembre, 2021Que injusto
Y que culpa tenemos los que empezamos a trabajar a edades muy tempranas
Para que nos recorten las PRE jubilaciones
Con 60 años de edad y 38 años cotizados
! Hay que cambiar el sistema !
NACES, TRABAJAS Y TE MUERES.
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimado/a FALy, agradecemos sus comentarios ya que nos ayuda a mejorar nuestras relaciones con los Usuarios y Asociados de AESFAS
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José Luis Granados Alcántara
• 7 septiembre, 2021Como puedo calcular la paga que me queda una vez jubilado a las 60 años, con 40 años de servicio
aesfas
• 8 septiembre, 2021Estimado José Luis, la opción más seguro para el calculo de la pensión es en la Seguridad Social,
https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio
Le enviamos información a su correo personal
Atentamente
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Fernando.vargas Osorio
• 7 septiembre, 2021Vaya verdaderamente que siempre nos vemos afectados la clase obrera y trabajadora.
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimado Fernando, agradecemos sus comentarios ya que nos ayuda a mejorar nuestras relaciones con los Usuarios y Asociados de AESFAS
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Javier González contreras
• 7 septiembre, 2021Impresionante.Yo tengo 39 años cotizados,a mis 56 años de edad.Todavía tengo que trabajar nueve añoo mas,y muy duro.Esto es una tomadura de pelo.Esas pensiones,nos las sacan del pellejo, a los currantesque nos queda otra que agachar la cabeza.
aesfas
• 7 septiembre, 2021Estimado Javier, agradecemos sus comentarios ya que nos ayuda a mejorar nuestras relaciones con los Usuarios y Asociados de AESFAS
Atentamente
Info Aesfas
Jesús
• 8 noviembre, 2021Tuve nombramiento como profesor interino antes de 2011. He trabajado en la empresa privada durante 32 años y pretendo trabajar de profesor como funcionario interino o de carrera durante cinco años a partir de ahora. También hice el servicio militar en el año 1990. ¿me podría jubilar con 62 ó 63 años? Mi edad actual es de 57 años. Muchas gracias.
aesfas
• 10 noviembre, 2021Estimado Jesus, le adjuntamos un enlace con la informaciónCONSULTA SOBRE PENSIONES
Atendiendo su correo le informamos que en la web de AESFAS, www.aesfas.org, puede encontrar las personas que mejor le pueden orientar en su consulta, dado que son especialistas en Pensiones.Le adjuntamos el Link, en el que puede Usted contactar si es de su interés, le podrán informar de las dudas que tenga.
https://www.aesfas.org/amigos-aesfas/habilitados-de-clases-pasivas/
Atentamente
Info Aesfas
DAVID
• 21 noviembre, 2021Hola Jesús. Te da para jubilarte a los 65 años ya que a esa edad tendrías cotizados más de 38 años y 6 meses que es el requisito general.en el régimen de la seguridad social. Para jubilarte antes sin penalización hay que ser funcionario de carrera aprobando antes del 2011
aesfas
• 21 noviembre, 2021Estimado David, agradecemos su comentario en relación a la jubilación de las clases Pasivas.
Atentamente
Info Aesfas
Joaquín
• 8 noviembre, 2021Yo soy funcionario municipal tan funcionario como cualquier funcionario tengo 37 años cotizado 59 años de edad 18 meses de servicios militar y aún no sé cuándo podré jubilarme pero sí que con 60 años seguro que no eso no es para todos los funcionarios más mentiras de este gobierno pero ellos sí que se van con 60 años con el 100 x 100 viva está España corrupta
aesfas
• 10 noviembre, 2021Estimado Joaquin, le adjuntamos un enlace con la información
CONSULTA SOBRE PENSIONES
Atendiendo su correo le informamos que en la web de AESFAS, http://www.aesfas.org, puede encontrar las personas que mejor le pueden orientar en su consulta, dado que son especialistas en Pensiones. Le adjuntamos el Link, en el que puede Usted contactar si es de su interés, le podrán informar de las dudas que tenga.
https://www.aesfas.org/amigos-aesfas/habilitados-de-clases-pasivas/
Atentamente
Info Aesfas
mar
• 9 noviembre, 2021Buenas. A partir del 1 de Enero de 2022 se mantendrá la jubilación anticipada a los 60 para clases pasivas??
Gracias
aesfas
• 10 noviembre, 2021Estimada Mar, le adjuntamos un enlace con la información
CONSULTA SOBRE PENSIONES
Atendiendo su correo le informamos que en la web de AESFAS, http://www.aesfas.org, puede encontrar las personas que mejor le pueden orientar en su consulta, dado que son especialistas en Pensiones. Le adjuntamos el Link, en el que puede Usted contactar si es de su interés, le podrán informar de las dudas que tenga.
https://www.aesfas.org/amigos-aesfas/habilitados-de-clases-pasivas/
Atentamente
Info Aesfas
John
• 12 noviembre, 2021Buenos días,
Tengo una cuestión que nadie me ha podido solventar.
Soy funcionario de la AGE en clases pasivas (ingreso anterior a 2011), si accedo por Promoción Interna al Cuerpo General Administrativo de la Seguridad Social.
Continuaría manteniendo las clases pasivas aunque pertenezca a un cuerpo especifico de Seguridad Social?
Vease que estoy en clases pasivas, quiero mantenerlas y la Promoción Interna es una forma de promoción vertical
Agradecería muchisimo respuesta y enlace a fuente de información que lo corrobore.
Gracias y Un saludo
aesfas
• 15 noviembre, 2021Estimado Jhon, hemos enviado a su correo personal la información que nos solicita.
Reproducimos en esta web, para información General.
En la web de AESFAS, http://www.aesfas.org, puede encontrar las personas que mejor le pueden orientar en su consulta, dado que son especialistas en Pensiones.
Le adjuntamos el Link, en el que puede Usted contactar si es de su interés, le podrán informar de las dudas que tenga.
Atentamente
Info Aesfas
ENLACE INDICADO
https://www.aesfas.org/amigos-aesfas/habilitados-de-clases-pasivas/
Roberto
• 31 enero, 2022Buenas:
Mi caso es que tengo 27 años cotizados y estoy en excedencia voluntaria,después de haber gastado la excedencia por cuidado de familiares.Tengo 54 años y cotizo por cuidador no profesional por persona dependiente.Puedo jubilarme a los 60 años si sumo mis 27 años de clases pasivas más los años por cuidado de dependiente.
Saludos
aesfas
• 31 enero, 2022Estimado Roberto, le enviamos información a su correo personal, y le adjuntamos la misma información.
Le informamos que en la web de AESFAS, http://www.aesfas.org, puede encontrar las personas que mejor le pueden orientar en su consulta, dado que son especialistas en Pensiones.
Le adjuntamos el Link, en el que puede contactar si es de su interés, le podrán informar de las dudas que tenga.
Atentamente
Info Aesfas
https://www.aesfas.org/amigos-aesfas/habilitados-de-clases-pasivas/
Javier Rivera
• 10 febrero, 2022Como dice Pedro, es un «derecho reconocido», lo cual no quiere decir que sea justo. Es verdad que tenemos una oposición ganada, pero cuántos controles de eficiencia has pasado en esos 30 años?. Se gana una oposición con 25 años, y se vive del cuento el resto de tu vida. Lo hagas bien o mal. Nadie te mueve. Eso creo que es malo para todos. Se debería de hacer controles cada cierto tiempo, y el que no cumpla unos mínimos, a la calle, como pasa en cualquier empresa
aesfas
• 10 febrero, 2022Estimado Javier, agradecemos los comentarios
Atentamente
Info Aesfas
Elisa
• 19 febrero, 2022Después de 30 años en la seguridad social, en los cuales como funcionaria , me he dedicado a aconsejar a personas mayores para que no pierdan poder adquisitivo en su pensión, a las viudas y viudos ,para que les quede lo máximo, a las familias, para obtener ayudas a la infancia, a los discapacitados a los huérfanos, a los padres y madres con el nacimiento de sus hijos y un sin fin más de personas que no pueden realizar dichos trámites administrativos, y en los que siempre me he involucrado para no perjudicar a nadie y que todos obtengan lo que es justo y les corresponde.
Por eso me parece muy injusto que pongáis en cuestión si debo o no debo jubilarme a esa edad, creo que al menos merezco la comprensión de los miles y miles de personas, a los cuales he podido ayudar.
aesfas
• 19 febrero, 2022Estimada Elisa, desde AESFAS no publicamos el articulo para poner en cuestión la labor desarrollada por la gran mayoría de Funcionarios, solamente hemos
detallado como es la normativa aprobada y puesta en marcha por los estamentos correspondientes.
Agradecemos su comentario ya que nos ayuda a mejorar
Atentamente
Info Aesfas
Alberto Martínez
• 27 mayo, 2022TENGO UNA PREGUNTA… Tengo 16 años cotizados como profesor de Enseñanza Secuntaria. Estoy en clases pasivas, es decir, muface, (también estuve 10 años adicionales, a mitad de esos 16, en excedencia voluntaria, pero eso no cuenta). Aparte… tengo 20 años cotizados en otros trabajos en empresas privadas, en la misma categoría, aunque no son de profesor, por lo que, en realidad tengo ya más de 35 cotizados en total, lo único que no tengo los 30 de servicios al estado. No sé si me podré jubilar a los 60.
Ahora tengo 59 años pero no sé si podré jubilarme a los 60, como los otros funcionarios que sí tienen 30 años cotizados como profesor.
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• 28 mayo, 2022Estimado Alberto, hemos enviado a su correo personal información al respecto.
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