El Programa de Turismo del IMSERSO está diseñado para ofrecer a las personas mayores la oportunidad de viajar por nuestra geografía y disfrutar de viajes en compañía.

Dentro de este programa, existe la posibilidad de que los beneficiarios vayan acompañados.

Aquí te detallo quiénes pueden ser acompañantes de un beneficiario de este programa:

Cónyuge o Pareja de Hecho

El cónyuge o pareja de hecho del solicitante puede ser acompañante, independientemente de que cumpla o no con los requisitos de edad y cotización del solicitante principal. Es importante que ambos se inscriban juntos en el programa y que la relación esté debidamente acreditada.

Los/las hijos/as con discapacidad

Hijos o hijas en grado igual o superior al 45 por ciento que podrán viajar con sus padres siempre que se alojen en la misma habitación o en su caso, paguen el suplemento establecido por las habitaciones dobles de uso individual ( siempre estará sujeto a la disponibilidad de plazas ).

Hay que decir que también pueden ir acompañado al beneficiario otros familiares o amigos pero estos tendrán que inscribirse también y ser beneficiarios junto al solicitante principal.

Si tienes dudas sobre cómo acceder al programa u otras dudas relativas al mismo tenemos preparado un artículo sobre preguntas frecuentes para todas estas dudas:

Resuelve totdas tus dudas sobre el Programa de Turismo del Imserso

Hemos de decir que el Imserso está mejorando su información en la sede electrónica y que tendréis el acceso a los trámites y a la información en su web:

https://imserso.es/web/sede-electronica/preguntas-frecuentes/preguntas-programa-turismo-imserso/preguntas-generales